Ley 32 de 1996 — SE MODIFICAN LAS LEYES 55 Y 109 DE 1973 Y LA LEY 3 DE 1988 CON LA FINALIDAD DE ADOPTAR MEDIDAS QUE CONSERVEN EL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y GARANTICEN EL ADECUADO USO DE LOS RECURSOS MINERALES, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
Extracto del texto
G.O. 22975 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 32 De 9 de febrero de 1996
“Por la cual se modifican las leyes 55 y 109 de 1973 y la Ley 3 de 1988 con la finalidad de adoptar medidas que conserven el equilibrio ecológico y garanticen el adecuado uso de los recursos minerales, y se dictan otras disposiciones.”
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Capítulo I
Objetivos
Artículo 1. Son objetivo de la presente Ley:
1. Modificar las disposiciones que regulan la exploración y extracción de los minerales no metálicos, para adoptar medidas que conserven el equilibrio ecológico y garanticen el adecuado uso de estos recursos minerales. 2. Incentivar la extracción de rocas, entre otras, los basaltos, las andesitas, granodioritas y calizas, para su uso como piedras en la industria de la construcción, como una opción minera ambiental viable. 3. Establecer una comisión consultiva de concesiones, para las exploraciones y explotaciones de minerales no metálicos utilizados como materiales de construcción. 4. Declarar inadjudicables los corales y los arrecifes coralinos, a excepción de los corales muertos de forma natural. 5. Facultar a los alcaldes municipales para sancionar, amonestar o multar a los que infrinjan disposiciones de la presente Ley.
Artículo 2. El Artículo 34 de la Ley 55 de 1973 queda así:
Artículo 34. Las personas naturales o jurídicas que deseen dedicarse, con fines comerciales o industriales, a la extracción de arena, piedra de cantera, tosca, arcilla, grava o piedra caliza, en cualquier parte del territorio de la República, deberán registrar su nombre en la alcaldía del distrito respectivo y presentar copia autenticada de la autorización y contrato, que la haya otorgado la Dirección General de Recursos Minerales, del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI).
Relación con otras normas
- Afecta aLey 3 de 1988— MODIFICA ART. 20
- Afecta aLey 109 de 1973— MODIFICA ART. 1, 1 A, 4, 9, 10, 13, 14, 17, 26, 30, 31.
- Afecta aLey 55 de 1973— MODIFICA ART. 34, 33, 36, 37, 39
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.