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Ley 30 de 2008 — QUE REFORMA LA LEY 6 DE 1987, SOBRE BENEFICIOS A JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD.

Extracto del texto

WWW.ASAMBLEA.GOB.PA

G.O. 26053 LEY 30 De 2 de junio de 2008 Que reforma la Ley 6 de 1987, sobre beneficios a jubilados, pensionados y tercera edad LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. Se modifica el numeral 7 y se adicionan los numerales 23 y 24 al artículo 1 de la Ley 6 de 1987, así:

Artículo 1. ... 7. Descuento del veinte por ciento (20%) del valor de los medicamentos. ... 23. Exoneración del ciento por ciento (100%) en el Registro Público del pago del derecho de inscripción de las juntas directivas, de certificaciones y de inscripciones de nuevas personerías jurídicas, de las organizaciones sin fines de lucro de jubilados, pensionados y tercera edad. 24. Descuento del veinte por ciento (20%) en la compra de ataúdes y urnas, así como en la contratación de servicios funerarios cuando el difunto sea jubilado, pensionado o de tercera edad.

Artículo 2. La Asamblea Nacional elaborará un texto único de la Ley 6 de 1987, que contenga todas sus reformas.

Artículo 3. La presente Ley modifica el numeral 7 y adiciona los numerales 23 y 24 al artículo 1 de la Ley 6 de 16 de junio de 1987, modificada por la Ley 18 de 7 de agosto de 1989, la Ley 15 de 13 de julio de 1992 y la Ley 37 de 10 de julio de 2001.

Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 189 de 2006 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los dos días del mes de abril del año dos mil ocho. El Presidente, Pedro Miguel González P. El Secretario General, Carlos José Smith S. ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA

G.O. 26053 ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMA, 2 DE JUNIO DE 2008. …

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