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LeyesLeyDerogada

Ley 15 de 1992 — POR LA CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 1, 2, 4, 8, 9, 10, 11 Y SE ADICIONAN NUEVOS ARTICULOS A LA LEY Nº 6 DE 16 DE JUNIO DE 1987, REFORMADA POR LA LEY Nº 18 DE 7 DE AGOSTO DE 1989.

Extracto del texto

G.O. 22080

LEY 15

(De 13 de julio de 1992)

‘’Por la cual se modifican los Artículos 1, 2, 4, 8, 9, 10, 11 y se adicionan nuevos Artículos a la Ley No.6 de 16 de junio de 1987, reformada por la Ley No.18 de 7 de agosto de 1989’’ LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETA:

Articulo 1. El Artículo 1 de la Ley No.6 de 16 de junio de 1987, reformada por la Ley No .18 de 7 de agosto de 1989 queda así:

Artículo 1. Los panameños o extranjeros residentes en el territorio nacional que tengan cincuenta y cinco (55) años o más, si son mujeres; o sesenta (60) años o más, si son varones; y todos los jubilados y pensionados gozarán de los siguientes beneficios: 1. Descuento del 50% de los precios que se cobren por la entrada a actividades de recreación y entretenimiento, tales como cines, teatros, deportes y demás espectáculos públicos. Este descuento no es aplicable a las actividades de beneficencia cuyas utilidades sean destinadas a la niñez, a damnificados y programas debidamente autorizados por la autoridad competente. 2. Descuento en la tarifa de transporte público, de conformidad con la siguiente clasificación: a. … b. … c. … d. Un 25% en pasaje aéreo de empresas públicas o privadas nacionales y extranjeras. 3. … 4. Descuento del 25 % del valor del consumo individual de comida en cualquier restaurante, salvo aquellos considerados como fondas, que no requieran de licencia comercial para operar. 5. … 6. Descuento de 15% de la cuenta total por servicios de hospitales y clínicas privadas cuando el titular del derecho no sea beneficiario de seguro de hospitalización. 7. … 8. Descuento en los siguientes servicios médicos así: a) 20% en los honorarios por consultas de medicina general y en especialidades médicas y quirúrgicas; b) 15% por servicios odontológicos y c) 15% por servicios de optometría.

Relación con otras normas

  • Afecta aLey 6 de 1987— MODIFICA LOS NUMERALES 1, 2, 4, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 19 Y EL PARAGRAFO DEL ARTICULO 1, Y LOS ARTICULOS 2, 4

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