Saltar al contenido
EntrarEmpezar gratis
LeyesLeyDerogada

Ley 3 de 1986 — POR LA CUAL SE ADOPTA UN REGIMEN DE INCENTIVOS PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA INDUSTRIA NACIONAL Y DE LAS EXPORTACIONES.

Extracto del texto

G.O. 20518 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ Ley 3 (De 20 de Mayo de 1986).

“Por la cual se adopta un régimen de incentivos para el fomento y desarrollo de la industria nacional y de las exportaciones”.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:

CAPÍTULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

Artículo 1. El objeto de la presente Ley es brindar adecuados estímulos para el fomento de la actividad industrial y de las exportaciones, las que constituyen factores importantes para lograr el progreso y el desarrollo económico del país.

Artículo 2. Podrán acogerse a los beneficios e incentivos previstos en esta Ley, todas las empresas que en el territorio de la República se dediquen a actividades industriales de manufactura o ensamblaje, incluyendo a las pequeñas y medianas empresas industriales. A estos efectos, se considerarán industrias manufactureras las que se dediquen a la transformación de materias primas y de productos semielaborados y a la fabricación de bienes, incluyendo los de origen agrícola, pecuario, forestal y marino. Se denominarán industrias de ensamblaje las que se dediquen a la fabricación de productos terminados mediante el proceso de acoplamiento de insumos y partes semielaboradas.

PARÁGRAFO TRANSITORIO: Hasta tanto se adopte una legislación especial sobre la materia, podrán acogerse a las disposiciones de la presente Ley aquellas empresas que desarrollen actividades productivas de alta tecnología no tradicional, para su total exportación, principalmente en el campo de la electrónica, aplicada a las comunicaciones, al transporte internacional; a la creación, almacenamiento, conversión y transferencia de información y programas; …

Relación con otras normas

Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia

Empieza hoy, sin tarjeta.