Ley 13 de 1982 — POR LA CUAL SE TOMAN MEDIDAS DE CARACTER LABORAL, RELACIONADAS CON EL CONTRATO DE TRABAJO EN LA CONSTRUCCION.
Extracto del texto
G.O.19560
LEY 13 (De 30 de abril de 1982)
Por la cual se toman medidas de carácter laboral, relacionadas con el Contrato de Trabajo en la Construcción.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION DECRETA:
ARTÍCULO 1: Los contratos de trabajo celebrados por obra determinada o fase correspondiente o tiempo definido en obras y actividades de construcción definidas en el artículo 279 del Código de Trabajo, obligan al empleador al pago de un aporte correspondiente al 6% de la totalidad de los salarios percibidos durante la relación de trabajo. Este pago se entregará directamente al trabajador, a partir de la terminación de la relación, mientras se expida una reglamentación integral a este aporte.
No procede el pago de este aporte, cuando la relación de trabajo termina con arreglo a lo dispuesto en los ordinales 4, siempre y cuando que la muerte no se deba a accidente de trabajo, 5 y 7 del artículo 210, a las causales tipificadas en el acápite a y los numerales 2, 5 y 7 del acápite b del artículo 213 y el artículo 222 del Código de Trabajo.
ARTÍCULO 2: En caso de mora del empleador en entregar el aporte del 6% a que se refiere el artículo anterior, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente al número de días en que se atrase en el pago, la que en ningún caso excederá de 15 días, contados a partir de los cinco días después de la terminación de la relación de trabajo .
ARTÍCULO 3: Quedan derogados los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 72 de 15 de diciembre de 1975.
ARTÍCULO 4: Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Dada en la Ciudad de Panamá, a los 30 días del mes de abril de mil novecientos ochenta y dos
H.R. Dr. LUIS DE LEON ARIAS Presidente del Consejo Nacional de Legislación
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O.19560
Relación con otras normas
- Afecta aLey 72 de 1975— SE DEROGAN LOS ARTICULOS 1, 2, 3, 4 Y 5 DE ESTA LEY
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