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LeyesLeyVigente · modificada

Ley 97 de 1998 — POR LA CUAL SE CREA EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

Extracto del texto

G.O.23698 ASAMBLEA NACIONAL REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 97 (De 21 de diciembre de 1998)

Por la cual se crea el Ministerio de Economía y Finanzas y se dictan otras disposiciones

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:

Artículo 1. Se crea el Ministerio de Economía y Finanzas por la fusión de los Ministerios de Hacienda y Tesoro y Planificación y Política Económica, el cual tendrá a su cargo todo lo relacionado a la formulación de iniciativas en materia de política económica; la programación de las inversiones públicas y la estrategia social; el diseño y ejecución de las directrices generales y las tareas específicas del Gobierno sobre Hacienda y Tesorería Nacional; la elaboración, ejecución y control del Presupuesto General del Estado; el Crédito Público y la modernización del Estado, así como la elaboración y ejecución de la Programación Financiera del Estado.

Artículo 2. El Ministerio de Economía y Finanzas tendrá las siguientes funciones:

A. En materia de Economía, Inversiones Públicas y Desarrollo Social:

1. Diseñar, normar y coordinar, con la colaboración de las demás dependencias del Estado y de acuerdo con la orientación del Órgano Ejecutivo, las propuestas de las políticas públicas económicas, de corto, mediano y largo plazo, así como la estrategia social de acuerdo con las orientaciones emanadas del Gabinete Social, y programar las inversiones públicas; 2. Analizar y evaluar el desempeño de la economía e informar trimestralmente, al Órgano Ejecutivo y a la sociedad en general, sobre tales resultados; 3. Elaborar previsiones sobre el crecimiento económico y demás variables macroeconómicas sociales y fiscales; 4. Investigar y evaluar eventos o condiciones especiales de origen interno o externo, a fin de determinar sus repercusiones sobre la economía nacional; 5. …

Relación con otras normas

  • Afecta aDecreto Ley 9 de 1998— MODIFICA EL ARTICULO 19, INSERTA EL ARTICULO 73-A Y DEROGA CUALQUIER DISPOSICION QUE LE SEA CONTRARIA.
  • Afecta aDecreto Ley 1 de 1998— DEROGA LAS DISPOSICIONES REFERENTES A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA.
  • Afecta aDecreto Ley 6 de 1997— DEROGA LAS DISPOSICIONES REFERENTES A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
  • Afecta aLey 32 de 1984— MODIFICA EL NUMERAL 1 DEL ARTICULO 11 Y EL ARTICULO 72.
  • Afecta aLey 16 de 1979— DEROGA AQUELLAS DISPOSICIONES REFERENTES A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO.
  • Afecta aLey 63 de 1973— DEROGA AQUELLAS DISPOSICIONES REFERENTES A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, Y EL MINIST
  • Afecta aLey 16 de 1973— DEROGA LAS DISPOSICIONES REFERENTES A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION Y POLITICA ECONOMICA, Y
  • Afecta aDecreto de Gabinete 256 de 1970— MODIFICA EL PARAGRAFO 2 DEL ARTICULO PRIMERO Y EL ARTICULO TERCERO.
  • Afecta aLey 8 de 1964— DEROGA LAS DISPOSICIONES REFERENTES A LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO.

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