Ley 9 de 1980 — POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN ALGUNOS ARTICULOS DEL CODIGO DE FISCAL Y SE TOMAN MEDIDAS TRIBUTARIAS.
Extracto del texto
G.O. 19035 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA LEY 9 (de 14 de marzo de 1980) Por medio de la cual se modifican algunos artículos del Código Fiscal y se toman medidas tributarias. EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION DECRETA: ARTICULO 1: El Artículo 318A del Código Fiscal quedará así: ARTICULO 318A: Las sociedades anónimas, sean nacionales o extranjeras, inscritas en el Registro Público, pagarán una tasa única anual de B/100.00 para mantener la plena vigencia de la sociedad. Para todos los efectos legales se entenderá por plena vigencia de la sociedad, su inscripción válida en el Registro Público. PARAGRAFO 1: La tasa de que trata el artículo anterior se pagará así: a) Con respecto a sociedades que se constituyan con posterioridad a la fecha en que entre en vigencia la presente Ley, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha en que el Pacto Social sea inscrito en el Registro Mercantil. b) Con respecto a sociedades que se hayan constituido con anterioridad a la fecha en que entre en vigencia la presente Ley, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha en que, en cada año calendario, se cumpla el aniversario de la fecha en que el Pacto Social fue inscrito en el Registro Mercantil. Estos pagos se harán por conducto del Representante Legal o del Agente Registrado o Residente de la Sociedad. Al momento de pagar, el Representante Legal o Agente Residente deberá declarar la fecha en que el Pacto Social ha sido inscrito en el Registro Mercantil. Esta declaración jurada se hará en formulario que para este fin proporcionará la Dirección General de Ingresos. La mora en el pago de la tasa antes referida causará un recargo de B/.20.00 por año o fracción de año. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 76 de 1976— MODIFICA EL ART. 11
- Afecta aLey 8 de 1956— MODIFICA EL ART. 318A, EL PARAGRAFO 7 DEL ART. 1057-V, EL ORDINAL 2 DEL ART. 585, Y EL PARAGRAFO 1 DEL ART. 946, EL ART.
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