Saltar al contenido
EntrarEmpezar gratis
LeyesLeyDerogada

Ley 7 de 1980 — POR LA CUAL SE DESARROLLA EL ARTICULO 12 DE LA CONSTITUCION NACIONAL.

Extracto del texto

G.O. 19034 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 7 (De 14 de marzo de 1980)

“Por la cual se desarrolla el artículo 12 de la Constitución Nacional”

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN

DECRETA:

Artículo 1. El Órgano Ejecutivo podrá expedir Carta de Naturaleza como panameño, a los extranjeros, que, encontrándose en algunos de los casos previstos en el artículo 10 de la Constitución Nacional, la soliciten, cumpliendo los trámites que establece la presente Ley, salvo la potestad discrecional que, por razones de moralidad, seguridad, salubridad o incapacidad física o mental, conserva el Estado.

Artículo 2. El extranjero que desee obtener Carta de Naturaleza presentará solicitud escrita al Presidente de la República por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia mediante abogado, expresando en la misma lo siguiente: a) Su libre y espontáneo deseo de naturalizarse panameño; b) El lugar de su nacimiento y el Estado del cual se considera ciudadano. c) Su edad d) El tiempo que lleva de residir en la República. e) Su estado civil, y en el segundo caso, el nombre y nacionalidad de la esposa, el lugar donde reside ésta, y el nombre de los hijos nacidos bajo jurisdicción de la República, cuando así se requiera, acompañando las correspondientes pruebas del Registro Civil, o los documentos del caso conforme a las Leyes del país de procedencia. f) En los caso de ser padre de hijos nacidos en territorio de la República, de padre o madre panameños, deberá acreditarse el vínculo con la respectiva certificación del Registro Civil. g) En los casos de los nacionales por nacimiento de España o de un Estado Latinoamericano debe comprobarse la existencia y vigencia de la Ley del país correspondiente con el fin de establecer la reciprocidad en cuanto a los requisitos para naturalizarse.

Relación con otras normas

  • Afecta aConstitucion Politica 1 de 1972— DESARROLLA EL ART. 12

Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia

Empieza hoy, sin tarjeta.