Ley 51 de 1979 — POR LA CUAL SE MODIFICA Y ADICIONA ARTICULOS DE LA LEY Nº 94 DE 4 DE OCTUBRE DE 1973. SE ESTABLECE Y REGLAMENTA LA CONTRIBUCION DE MEJORAS POR VALORIZACION.
Extracto del texto
G.O.18993 a) LEY 51 (de 27 de noviembre de 1979)
Por la cual se modifica y adiciona artículos de la Ley N° 94 de 4 de octubre de 1973.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. El Articulo 4 de la Ley N° 94 de 4 de octubre de 1973, quedará así: "
Articulo 4. Créase dentro del Ministerio de Vivienda, la Comisión de Valorización que tendrá las siguientes funciones: a. Determinar las obras de interés público por las cuales se establecerá contribución por Valorización y aprobar el plan de obra: b. Aprobar los convenios con cualquier dependencia del Gobierno Central, entidades autónomas o semi-autónomas, o particulares que ejecuten obras de interés público que den lugar al cobro de la Contribución por Valorización, para la distribución de las respectivas contribuciones por el Ministerio de Vivienda; y las obras ejecutadas por el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, en aquellos casos que esta Institución así lo solicite; c. Aprobar los contratos que tengan por objeto el diseño, la construcción o inspección de las obras que causarán la Contribución por Valorización o servicios relacionados con las funciones propias de la Dirección General de Valorización; d. Autorizar la adquisición de los bienes inmuebles que fueren necesarios para las obras de Valorización y sus servicios, y para venderlos y traspasarlos cuando dejaren de serIo. Igualmente, autorizará la venta de los bienes inmuebles creados por la ejecución de las obras o adquiridos para ello y no utilizados; e. Reglamentar el método para fijar el grado de influencia, la parte del costo, la cuantía de la contribución por Valorización que afectarán a cada finca beneficiada por una obra u obras, los plazos para su pago y las tasas de descuento; f. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 94 de 1973— MODIFICA LOS ARTICULOS 1, 5, 9, 35 Y 47.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.