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LeyesLeyVigente

Ley 35 de 1977 — POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 9 (FACULTAD PARA EMPRESTITOS Y EMISION DE BONOS) DEL DECRETO DE GABINETE 235 DE 30 DE JULIO DE 1969, (ORGANICA DEL IRHE) MODIFICADO POR EL ARTICULO 1 DE LA LEY 75 DE 1975.

Extracto del texto

G. O. 18431

LEY 35

(De 13 de septiembre de 1977)

‘‘Por la cual se modifica el Artículo 9 del Decreto de Gabinete No. 235 de 30 de julio de 1969, modificado por el Artículo 1 de la Ley 75 de 15 de diciembre de 1975’’.

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN

DECRETA:

Artículo 1.: El Artículo 9 del Decreto de Gabinete No. 235 de 30 de julio de 1969, modificado por el Artículo 1 de la Ley 75 de 15 de diciembre de 1975, quedara así: ‘‘

Artículo 9.: El Instituto tendrá facultas para contratar empréstitos con el Estado, con sus instituciones autónomas, o con instituciones de crédito públicas o privadas. Podrá emitir Bonos, obligaciones o títulos de cualesquiera denominaciones, con la garantía de sus bienes y/o con la subsidiaria o solidaria de la Nación. Para los empréstitos o emisiones de Bonos en que resulte necesaria o conveniente la garantía subsidiaria de la Nación, deberá obtenerse la autorización previa y específica del Órgano Ejecutivo. Se autoriza al Órgano Ejecutivo para dar las garantías que requieran la contratación de los empréstitos o emisiones de Bonos de que trata este Artículo. La Junta Directiva del Instituto queda autorizada para ordenar la emisión de Bonos que emita el Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación, así como para aprobar los empréstitos que la Institución requiera. Los empréstitos o emisiones de Bonos que contate el Instituto podrán ser varios en número, pero el conjunto total de ellos no deberá exceder la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BALBOAS ($450.000.000.00). La tasa de interés será la que disminuya al mínimo posible el costo del financiamiento, aunque resulte ser superior al interés legal vigente. Los plazos de estas olbligaciones en todo momento contemplarán la capacidad financiera de la Institución’’.

Relación con otras normas

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