Ley 3 de 2003 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGANICOS PERSISTENTES, ADOPTADO EN ESTOCOLMO EL 22 DE MAYO DE 2001
Extracto del texto
G.O. 24726 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA LEY No. 3 De 20 de enero de 2003 Por la cual se aprueba el CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES, adoptado en Estocolmo el 22 de mayo de 2001 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:
Articulo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES, que a la letra dice: CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES Las Partes en el presente Convenio, Reconociendo que los contaminantes orgánicos persistentes tienen propiedades tóxicas, son resistentes a la degradación, se bioacumulan y son transportados por el aire, el agua y las especies migratorias a través de las fronteras internacionales y depositados lejos del lugar de su liberación, acumulándose en ecosistemas terrestres y acuáticos, Conscientes de los problemas de salud, especialmente en los países en desarrollo, resultantes de la exposición local a los contaminantes orgánicos persistentes, en especial los efectos en las mujeres y, a través de ellas, en las futuras generaciones, Reconociendo que los ecosistemas, y comunidades indígenas árticos están especialmente amenazados debido a la biomagnificación de los contaminantes orgánicos persistentes y que la contaminación de sus alimentos tradicionales es un problema de salud pública, Conscientes de la necesidad de tomar medidas de alcance mundial sobre los contaminantes orgánicos persistentes, Teniendo en cuenta la decisión 19/13 C, del 7 de febrero de 1997, del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, de iniciar actividades internacionales para proteger la salud humana y el medio ambiente con medidas para reducir y/o eliminar las emisiones y descargas de contaminantes orgánicos …
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