Ley 28 de 2016 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO INTERNACIONAL DE HONG KONG PARA EL RECICLAJE SEGURO Y AMBIENTALMENTE RACIONAL DE LOS BUQUES, 2009, HECHO EN HONG KONG (CHINA), EL DIA 15 DE MAYO DE 2009.
Extracto del texto
G.O. 28071-B ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 28 De 1 de julio de 2016
Por la cual se aprueba el Convenio Internacional de Hong Kong para el Reciclaje Seguro y Ambientalmente Racional de los Buques, 2009, hecho en Hong Kong (China), el día 15 de mayo de 2009
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Convenio Internacional de Hong Kong para el Reciclaje Seguro y Ambientalmente Racional de los Buques, 2009, que a letra dice:
CONVENIO INTERNACIONAL DE HONG KONG PARA EL RECICLAJE SEGURO Y AMBIENTALMENTE RACIONAL DE LOS BUQUES, 2009
LAS PARTES EN EL PRESENTE CONVENIO,
TOMANDO NOTA de la preocupación creciente por las cuestiones de seguridad, salud, medio ambiente y bienestar en el sector del reciclaje de buques,
RECONOCIENDO que el reciclaje de buques contribuye al desarrollo sostenible y, por tanto, es la mejor opción para los buques que han alcanzado el final de su vida útil,
RECORDANDO la resolución A. 962(23), adoptada por la Asamblea de la Organización Marítima Internacional (Directrices sobre el reciclaje de buques), las enmiendas a las Directrices adoptadas mediante la resolución A. 980(24), la Decisión VI/24 de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, mediante la que se adoptaron las Directrices técnicas para el manejo ambientalmente racional del desguace total y parcial de embarcaciones, y las Directrices aprobadas por la 289ª reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (Seguridad y salud en el desguace de buques: directrices para los países asiáticos y Turquía),
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