Ley 27 de 2016 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL PROTOCOLO PARA LA ELIMINACION DEL COMERCIO ILICITO DE PRODUCTOS DE TABACO, ADOPTADO EN SEUL, EL 12 DE NOVIEMBRE DE 2012.
Extracto del texto
G.O. 28071-B ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 27 De 1 de julio de 2016
Por la cual se aprueba el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco, adoptado en Seúl, el 12 de noviembre de 2012
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco, que a la letra dice:
PROTOCOLO PARA LA ELIMINACIÓN DEL COMERCIO ILÍCITO DE PRODUCTOS DE TABACO
Preámbulo
Las Partes en el presente Protocolo,
Considerando que el 21 de mayo de 2003, la 56ª Asamblea Mundial de la Salud adoptó por consenso el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, que entró en vigor el 27 de febrero de 2005;
Reconociendo que el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco es uno de los tratados de las Naciones Unidas que más rápidamente ha sido ratificado y es un instrumento fundamental para alcanzar los objetivos de la Organización Mundial de la Salud;
Recordando el preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, en el que se afirma que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social;
Decididas asimismo a priorizar su derecho a proteger la salud pública;
Profundamente preocupadas por el hecho de que el comercio ilícito de productos de tabaco contribuye a propagar la epidemia de tabaquismo, que es un problema mundial con graves consecuencias para la salud pública, y exige respuestas eficaces, adecuadas e integrales, nacionales e internacionales;
Reconociendo además que el comercio ilícito de productos de tabaco socava las medidas relacionadas con los precios y las medidas fiscales concebidas para reforzar la …
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