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LeyesLeyVigente

Ley 27 de 1999 — POR LA CUAL SE CONCEDEN FACULTADES EXTRAORDINARIAS AL ORGANO EJECUTIVO CONFORME LO DISPONE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA.

Extracto del texto

G. O. 23833 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ Ley 27 (De 5 de julio de 1999) Por la cual se conceden facultades extraordinarias al Órgano Ejecutivo conforme lo dispone la Constitución Política de la República

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETA

Artículo 1. Se conceden facultades extraordinarias Precisas al Órgano Ejecutivo, que será ejercidas mediante decretos-leyes, conforme lo dispone el numeral 16 del artículo 153 de la Constitución Política de la República, para que dicte disposiciones relativas a las materias y fines siguientes:

1. La modificación a la Ley 3 de 1999, por la cual se creó la entidad autónoma denominada Registro Público de Panamá, a fin de que se transfiera, a dicha entidad, las direcciones de la Gaceta Oficial y los Archivos Nacionales, así como sus bienes, presupuestos, derechos y obligaciones, para que la citada entidad, quede facultada para la custodia de los documentos que deban permanecer en archivo y ejerza la función de publicar la Gaceta Oficial; dicte normas que permitan el registro, archivo o divulgación, de las actuaciones que requieran formalidad registral, puedan realizarse por medios escritos, magnéticos u ópticos, o a través de cualquier medio telemático compatible con la tecnología registral o informática moderna y legalmente autorizada; y modifique la estructura orgánica del Registro Público, incluyendo en esta entidad las direcciones de la Gaceta Oficial y los Archivos Nacionales, y establezca las funciones y requisitos que deben reunir quienes ocupen la titularidad de estas direcciones. 2. …

Relación con otras normas

  • Afecta aLey 3 de 1999— SE LE CONCEDE FACULTADES AL ORGANO EJECUTIVO PARA MODIFICARLA
  • Afecta aLey 6 de 1988— SE LE CONCEDE PODER AL ORGANO EJECUTIVO PARA ESTABLECER NORMAS QUE REGULEN LA DEROGATORIA DE ARTICULOS DE ESTA LEY
  • Afecta aLey 29 de 1984— SE LE CONCEDE PODER AL ORGANO EJECUTIVO PARA ESTABLECER NORMAS QUE REGULARAN LA DEROGATORIA DE LOS ARTICULOS DEL CODIGO
  • Afecta aLey 8 de 1982— SE LE CONCEDE AL ORGANO EJECUTIVO PODER PARA ESTABLECER NORMAS QUE REGULEN LA DEROGATORIA DE ARTICULOS DE ESTA LEY

Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia

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