Ley 18 de 1975 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE LA PREVENCION DE LA CONTAMINACION DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS, 1972.
Extracto del texto
G.O. 17834
Ley 18
(5 de abril de 1975) “Por la cual se adiciona al Código Fiscal el artículo 1172-G Transitorio".
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. Adiciónase al Código Fiscal el Artículo Transitorio 1172-0, así:
“ARTICULO 1172-G (Transitorio ).- Créanse en forma transitoria y durante los años 1975 a 1980, las siguientes monedas:
1. Moneda de Oro de Veinte Balboas (B/.20.00) la cual medirá 12.5 milímetros de diámetro, con un peso aproximado de 1.723 (uno punto setecientos veintitrés) gramos. La moneda será acuñada con oro fino de novecientos milésimos (900/1,000);
2. Moneda de Oro de cien balboas (B/100.00) la cual medirá 26.0 milímetros de diámetro, con un peso aproximado de 8.320 (ocho punto trescientos veinte) gramos. La moneda será acuñada con oro fino de novecientos milésimos (900/1000); y 3. Moneda de Oro de quinientos balboas (B/500.00) la cual medirá 45.0 milímetros de diámetro, con un peso aproximado de 38.910 (treinta y ocho punto novecientos diez) gramos. La moneda será acuñada con oro fino de novecientos milésimos - (900/1,000).
Las monedas descritas en este artículo tendrán la plena condición de moneda de curso legal que se otorga a las monedas nacionales.
Parágrafo. Facúltase al Ministro de Hacienda y Tesoro para que, en consideración a fluctuaciones en los precios del metal oro, que así lo justifique, disponga la reducción en diámetro o pesos de estas monedas, dentro de un límite que en ningún caso podrá sobrepasar el veinte por ciento 20% de las especificaciones aquí señaladas".
Artículo 2. Esta ley regirá a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE,
Dado en la ciudad de Panamá, a los 15 días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O. 17834
DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.