Ley 120 de 2019 — QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS NUEVE UNO UNO (9-1-1), MODIFICA LA LEY 44 DE 2007, RELATIVA AL SUME, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Extracto del texto
G.O. 28926-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 120 De 19 de diciembre de 2019
Que crea el Sistema Nacional de Emergencias Nueve Uno Uno (9-1-1), modifica la Ley 44 de 2007, relativa al SUME, y dicta otras disposiciones
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Capítulo I Creación y Generalidades
Artículo 1. Se crea el Sistema Nacional de Emergencias Nueve Uno Uno (9-1-1), como un servicio público y de seguridad nacional, responsable de la atención de las llamadas de emergencias dirigidas al número telefónico único Nueve Uno Uno (9-1-1), realizadas por cualquier persona, desde cualquier parte del territorio nacional, que requiera seguridad, atención sanitaria y de salud mental, extinción de incendios, salvamento o protección civil, que procura dar respuesta inmediata, coordinada y de calidad utilizando una fuente de información integral y consolidada. El Sistema Nacional de Emergencias Nueve Uno Uno (9-1-1) debe, a su vez, facilitar la gestión de los recursos y unificar las comunicaciones de radio sobre una misma plataforma para todas las instituciones integrantes de este sistema, a través de un centro único de operaciones de emergencias y seguridad, para efectos de eficiencia administrativa y presupuestaria, a fin de propiciar las condiciones para el desarrollo nacional sostenible.
Artículo 2. Para efectos de esta Ley, los siguientes términos se entenderán así: 1. Emergencia. Toda circunstancia que pueda comprometer la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, los bienes y el ambiente y que exija un auxilio inmediato de una de las instituciones que integran el Sistema regido por la presente Ley o la coordinación conjunta de ellas. 2. Emergencia prehospitalaria. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 15 de 2010— MODIFICA EL ART. 11
- Afecta aLey 44 de 2007— ARTS. 1, 2, 11, 12, 13, 18 Y 20; DEROGA LOS ARTS. 16 Y 17
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.