Ley 15 de 2010 — QUE CREA EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA.
Extracto del texto
G.O. 26511-A
LEY 15 De 14 de abril de 2010
Que crea el Ministerio de Seguridad Pública
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se crea el Ministerio de Seguridad Pública con la misión de determinar las políticas de seguridad del país y para planificar, coordinar, controlar y apoyar el esfuerzo de los estamentos de seguridad e inteligencia que integran este Ministerio.
Artículo 2. Es función del Ministerio de Seguridad Pública mantener y defender la soberanía nacional, velar por la seguridad, la tranquilidad y el orden público en el país, así como proteger la vida, honra y bienes de sus nacionales y de los extranjeros que estén bajo su jurisdicción.
Artículo 3. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Seguridad Pública está facultado para: 1. Coordinar los servicios de seguridad pública. 2. Coordinar la actividad de los organismos de información e inteligencia de los estamentos que integran este Ministerio para los efectos de la seguridad pública del país, en coordinación permanente con el Consejo de Seguridad Nacional. 3. Promover políticas y acciones de prevención del delito. 4. Establecer políticas y acciones de protección y seguridad de quienes se encuentren en el territorio nacional. 5. Formular y regular las políticas para la prevención e investigación científica de la delincuencia, que afectan de modo cuantitativo o cualitativo a la comunidad. 6. Recabar la información y analizar los estudios o las propuestas para prevenir y evitar cualquier peligro, amenaza o agresión contra la independencia, soberanía e integridad territorial. 7. Promover la adecuación del equipamiento de los servicios de seguridad pública para el desempeño de sus funciones. 8. …
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