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TACPResolución

Res. No.161-2022-Pleno/TACP de 22/08/2022 (Decisión)Oferentes no obligados a cumplir exigencias dela etapa contractual

Recurso de impugnación de Tomás R. Hooper Quintero (propietario del Establecimiento Comercial Denominado Inversiones Ata) contra resolución N*RA-026-22 de…

Extracto del texto

REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLI

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RECURSO DE IMPUGNACIÓN

EXPEDIENTE N*: 160-2022.

RECURRENTE: TOMÁS R. HOOPER QUINTERO (propietario del establecimiento comercial denominado INVERSIONES ATA).

ACTO IMPUGNADO: Resolución N*RA-026-22 de 15 de julio de 2022, por

la cual el MINISTERIO DE GOBIERNO adjudicó el acto público de selección de contratista por Licitación Pública N*2022-0-04-0-99-LP-013062.

MAGISTRADO PONENTE: LUIS MARISCAL. Resolución N*”161-2022-Pleno/TACP de 22 de agosto de 2022 (Decisión). CONSIDERANDO QUE:

El artículo 146 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado mediante la Ley 153 de 8 de mayo de 2020 (Ley 22 de 2006), instituye al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (Tribunal), como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República de Panamá, con competencia para conocer en única instancia de los recursos de impugnación contra el acto de adjudicación, la declaratoria de deserción o el acto o resolución por la cual se rechazan las propuestas, emitidos por las entidades en los procedimientos de selección de contratista.

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