Saltar al contenido
EntrarEmpezar gratis
TACPResolución

Método de notificación estipulado en la ley.

Recurso de apelación de Grupo Imago, S.a. Resolución del TACP publicada el 1 de octubre de 2024. Ponente: Luis Mariscal.

Extracto del texto

REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

RECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE No. 121-2024 RECURRENTE: GRUPO IMAGO, S.A. ACTO RECURRIDO: Resolución No.RUTP-R-67-018-2024 de 9 de agosto de

2024, mediante la cual se Resolvió Administrativamente el DNPC-399-2017 (sic.), proferida por la Universidad Tecnológica de Panamá, y la inhabilitación de la contratista por el término de dos (2) años.

Magistrado Ponente: LUIS MARISCAL

RESOLUCIÓN No. 150-2024-Pleno/TACP de 13 de septiembre de 2024 (Decisión). Por la cual se resuelve el Recurso de Apelación interpuesto por la contratista GRUPO IMAGO, S.A., en contra de la Resolución No.RUTP-R-67-018-2024 de 9 de agosto de

2024, proferida por la Universidad Tecnológica de Panamá.

CONSIDERANDO:

Que la Ley No.153 de 8 de mayo de 2020, reforma la Ley No.22 de 2006, cual regula la contratación pública, y dicta otras disposiciones, en el artículo 75 expresa que, a los procedimientos de selección de contratista o contratos perfeccionados, iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, se les aplicarán las normas

vigentes al momento de su convocatoria o perfeccionamiento.

Ver todos: Resoluciones del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas

Empieza hoy, sin tarjeta.