El proponente adjudicado cumple a cabalidad con todos las exigencias descritas en el pliego de cargos.
Recurso de impugnación de Rocayol Safety 8 Industrial Center, S.a. Resolución del TACP publicada el 16 de enero de 2024. Ponente: José Aranda Ríos.
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 139-2023
RECURRENTE: ROCAYOL SAFETY 8 INDUSTRIAL CENTER, S.A
ACTO IMPUGNADO: RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN No. 039-23 DEL 19
DE JULIO DE 2023, MEDIANTE LA CUAL SE ADJUDICA LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 2023-3-60-0- 08-LP-023979 PARA LA “ADQUISICIÓN DE 140 CHALECOS BALÍSTICOS NIVEL DE PROTECCIÓN III A, COLOR NEGRO PARA LOS AGENTES DE SEGURIDAD DE LA CAJA DE AHORROS”
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ARANDA RÍOS
RESOLUCIÓN No.179-2023-Pleno/TACP de 12 de septiembre de 2023 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de
impugnación contra cualquier acto de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas
relacionado con los procedimientos de selección de contratista.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.