Art. 74 y 166 de la Ley de Contrataciones Públicas, falta de motivación, principio de legalidad,
Recurso de impugnación de Luis Edgardo Díaz Ortíz (propietario del Establecimiento Comercial Fumigadora V.i.p.). Resolución del TACP publicada el 20 de…
Extracto del texto
REPÚBLICA DE PANAMÁ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE IMPUGNACIÓN
EXPEDIENTE No. 179-2024
RECURRENTE: LUIS EDGARDO DÍAZ ORTÍZ (propietario del establecimiento comercial FUMIGADORA V.I.P.)
ACTO IMPUGNADO: Resolución N*MNCF-052-2024 de 19 de noviembre de 2024, emitida por MERCADOS NACIONALES DE LA CADENA DE FRÍO, S.A., por medio de la cual se ejerce la facultad extraordinaria de rechazo de la propuesta y se declara la nulidad absoluta de la Resolución N*MNCF-016-2024 de 19 de marzo de 2024, que adjudicó el acto público N*2023-2-79-1-08-LP- 003126.
MAGISTRADO PONENTE: MANUEL BECKFORD
RESOLUCIÓN N*005-2025-Pleno/TACP de 14 de enero de 2025 (Decisión).
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 22 de 27 de junio de 2006, mediante el Texto Único ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, que regula la Contratación Pública en Panamá; en su artículo 146 crea el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas como ente independiente e imparcial, con jurisdicción en todo el territorio de la República, el cual tiene competencia privativa para conocer en única instancia del recurso de impugnación contra cualquier acto de adjudicación, declaración de
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