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LeyesLeyVigente · modificada

Ley 94 de 2019 — QUE MODIFICA LA LEY 3 DE 1985, QUE ESTABLECE UN REGIMEN DE INTERESES PREFERENCIALES EN CIERTOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Extracto del texto

G.O. 28866-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 94 De 20 de septiembre de 2019

Que modifica la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios, y dicta otras disposiciones

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. Los literales e y f del artículo 2 de la Ley 3 de 1985 quedan así:

Artículo 2. Son elementos esenciales y requisitos únicos de los Préstamos Hipotecarios Preferenciales los siguientes, a saber: ...d. e. Que el precio de compra o de construcción de la vivienda no exceda de ciento ochenta mil balboas (B/.180,000.00). f. Que el pago del préstamo se haya estructurado con arreglo a una tabla de amortización acorde al tramo preferencial establecido en esta Ley que se pretenda cubrir.

Artículo 2. El artículo 5 de la Ley 3 de 1985 queda así:

Artículo 5. La diferencia entre la tasa de referencia y la tasa inferior a aquella que, discrecional y efectivamente, cobre el acreedor sobre cada uno de los préstamos hipotecarios preferenciales se denomina tramo preferencial. El referido tramo preferencial no podrá exceder de: 1. 4 % en los préstamos para vivienda, por un periodo de diez años no renovable, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea mayor de cuarenta y cinco mil balboas (B/.45,000.00) y no exceda de ciento veinte mil balboas (B/.120,000.00). 2. 4 % en los préstamos para vivienda, por un periodo de diez años no renovable, cuyo valor registrado al momento del financiamiento sea mayor de cuarenta y cinco mil balboas (B/.45,000.00) y no exceda de ochenta mil balboas (B/.80,000.00). 3. …

Relación con otras normas

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