Ley 93 de 2013 — QUE REORGANIZA EL SERVICIO NACIONAL AERONAVAL DE LA REPUBLICA DE PANAMA.
Extracto del texto
G.O. 27411 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 93 De 7 de Noviembre de 2013
Que reorganiza el Servicio Nacional Aeronaval de la República de Panamá
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Capítulo I Disposiciones Fundamentales
Artículo 1. El Servicio Nacional Aeronaval es una institución de seguridad pública, con especialidad aeronaval, adscrita al Ministerio de Seguridad Pública, cuyo jefe máximo es el presidente de la República, quien ejerce su autoridad directamente o por conducto del ministro de Seguridad Pública. Su organización y funcionamiento estarán regulados por esta Ley.
Artículo 2. El Servicio Nacional Aeronaval es una institución de seguridad pública, componente de la Fuerza Pública, de carácter policial y permanente, de naturaleza civil, con carrera profesional y régimen disciplinario especial. El Servicio Nacional Aeronaval deberá cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de la República y demás leyes y estará subordinado al poder público legalmente constituido.
Artículo 3. La misión principal del Servicio Nacional Aeronaval es proteger la vida, honra, bienes y demás derechos y libertades de quienes se encuentren bajo la jurisdicción del Estado, conservar el orden público y prevenir los hechos delictivos y las faltas, así como proteger el espacio aéreo y marítimo, las aguas navegables, la plataforma continental submarina y las aguas fluviales y lacustres de la República de Panamá. El Servicio Nacional Aeronaval actuará, en todo momento, con respeto al Estado de derecho, al sistema democrático y a los derechos humanos. …
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto Ley 7 de 2008— DEROGADA EN SU TOTALIDAD
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.