Ley 9 de 2000 — QUE DECLARA EL 30 DE MAYO DE CADA AÑO DIA CIVICO Y DE CONMEMORACION DE LA ETNIA NEGRA. (SE CELEBRARA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA CON EL PROPOSITO DE RESALTAR SUS VALORES, Y APORTES A LA CULTURA Y DESARROLLO DEL PAIS).
Extracto del texto
G.O. 24064
LEY No. 9 De 30 de mayo de 2000
Que declara el 30 de mayo de cada año Día Cívico y de Conmemoración de la Etnia Negra
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se declara el 30 de mayo de cada año Día Cívico y de Conmemoración de la Etnia Negra Nacional, que se celebrará en todo el territorio de la República con el propósito de resaltar sus valores y aportes a la cultura y al desarrollo del país.
Artículo 2. El Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de Cultura y el Instituto Panameño de Turismo, garantizarán el cumplimiento de la disposición anterior y organizarán eventos alusivos a la fecha.
Artículo 3. Los centros educativos oficiales y particulares, así como las instituciones públicas, autónomas, semiautónomas y municipales, desarrollarán durante ese día actividades culturales orientadas a resaltar el aporte científico, cultural, económico y laboral de la etnia negra en Panamá.
Artículo 4. Esta Ley entrará en vigencia desde su promulgación y deroga cualquier disposición que le sea contraria.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 23 días del mes de mayo del año dos mil.
El Presidente,
Enrique Garrido Arosemena
El Secretario General,
José Gómez Núñez
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.