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Ley 79 de 2013 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE LA CIBERDELINCUENCIA, HECHO EN BUDAPEST, EL 23 DE NOVIEMBRE DE 2001.

Extracto del texto

G.O. 27403-A ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 79 De 22 de octubre de 2013

Por la cual se aprueba el Convenio sobre la Ciberdelincuencia, hecho en Budapest, el 23 de noviembre de 2001

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Convenio sobre la Ciberdelincuencia, que a la letra dice:

CONVENIO SOBRE LA CIBERDELINCUENCIA

Preámbulo

Los Estados miembros del Consejo de Europa y los demás Estados signatarios del presente Convenio;

Considerando que el objetivo del Consejo de Europa es lograr una unión más estrecha entre sus miembros;

Reconociendo el interés de intensificar la cooperación con los otros Estados Partes en el presente Convenio;

Convencidos de la necesidad de aplicar, con carácter prioritario, una política penal común con objeto de proteger a la sociedad frente a la ciberdelincuencia, en particular mediante la adopción de una legislación adecuada y la mejora de la cooperación internacional;

Conscientes de los profundos cambios provocados por la digitalización, la convergencia y la globalización continua de las redes informáticas;

Preocupados por el riesgo de que las redes informáticas y la información electrónica sean utilizadas igualmente para cometer delitos y de que las pruebas relativas a dichos delitos sean almacenadas y transmitidas por medio de dichas redes;

Reconociendo la necesidad de cooperación entre los Estados y el sector privado en la lucha contra la ciberdelincuencia, así como la necesidad de proteger los intereses legítimos en la utilización y el desarrollo de las tecnologías de la información;

Estimando que la lucha efectiva contra la ciberdelincuencia requiere una cooperación internacional reforzada, rápida y eficaz en materia penal;

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