Ley 75 de 2009 — QUE MODIFICA UN ARTICULO DEL TEXTO UNICO DE LA LEY 31 DE 2006, SOBRE EL REGISTRO CIVIL.
Extracto del texto
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G.O. 26409-A LEY 75 De 17 de noviembre de 2009 Que modifica un artículo del Texto Único de la Ley 31 de 2006, sobre el Registro Civil LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. El artículo 122 del Texto Único de la Ley 31 de 2006 queda así:
Artículo 122. Cuando se trata del cambio íntegro de la fecha o del año de nacimiento, se deberá aducir la declaración jurada de cinco personas de una edad superior en diez años a la del interesado y pruebas documentales, como partida de bautismo, escrituras públicas u otros documentos fehacientes, que acrediten la veracidad de la solicitud. Las personas mayores de sesenta años que no posean prueba documental podrán justificar el cambio con un examen científico o con dos pruebas testimoniales. Cuando se trate de omisiones o errores en el día y el mes de la fecha de nacimiento, bastará para su corrección o cambio la presentación de una prueba documental que lo corrobore. Se exceptúan de esta disposición los inscritos como población indígena, en los casos en que exista diferencia entre la edad registrada y la edad biológica, quienes podrán presentar la prueba científica de un médico forense que acredite la fecha de nacimiento estimada. Esta prueba será solicitada por la Dirección Nacional del Registro Civil y el médico forense estará obligado a practicarla. Cuando ante la Dirección Nacional del Registro Civil se presente una solicitud de rectificación de fecha de nacimiento basada únicamente en prueba científica practicada por un médico forense, de personas mayores de sesenta años o de personas inscritas como población indígena, esta deberá consignar como fecha de nacimiento estimada la edad promedio establecida en el rango de edades que indique el informe que el médico forense presente para tales efectos. …
Relación con otras normas
- Afecta aTexto Unico 1 de 2007— LA MODIFICA
- Afecta aLey 31 de 2006— LA MODIFICA
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
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