Saltar al contenido
EntrarEmpezar gratis
LeyesLeyVigente

Ley 75 de 1975 — POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 9 (FACULTAD PARA CONTRATAR EMPRESTITOS) DEL DECRETO DE GABINETE 235 DE 30 DE JULIO DE 1969 (ORGANICA DEL INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION)

Extracto del texto

G.O. 18027

LEY 75 (de 15 de diciembre de 1975)

Por la cual se modifica el

Artículo 9º del Decreto de Gabinete No.235 de 30 de junio de 1969.

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION

DECRETA

Artículo 1. El

Artículo 9º. Del Decreto de Gabinete No.235 de 30 de junio de 1969 quedará así: “

Artículo 1º. El Instituto tendrá facultad para contratar empréstitos con el Estado, con sus instituciones autónomas, o con Instituciones de créditos públicas o privadas. Podrá emitir Bonos, obligaciones o títulos de cualesquiera denominaciones, con la garantía de sus bienes y/o con la subsidiaria o solidaria de la Nación. Para los empréstitos o emisiones de Bonos en que resulte necesario o conveniente la garantía subsidiaria de la Nación, deberá obtenerse la autorización previa y específica del Órgano Ejecutivo.

Se autoriza al Órgano Ejecutivo para dar las garantías que requieren la contratación de los empréstitos o emisiones de Bonos de que trata este Artículo.

La Junta Directiva del Instituto queda autorizada para ordenar la emisión de Bonos que emita el Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación, así como para aprobar los empréstitos que la Institución requiera.

Los empréstitos o emisiones de Bonos que contrate el Instituto podrán ser varios en número, pero el conjunto total de ellos no deberá exceder la cantidad de DOCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BALBOAS (B/.250,000,000.00)

La tasa de interés será la que disminuya al mínimo posible el costo del financiamiento, aunque resulte ser superior el interés legal vigente.

Los plazos de estas obligaciones en todo momento contemplarán la capacidad financiera de la Institución”.

Artículo 2. Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.

ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O. 18027

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE

Relación con otras normas

Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia

Empieza hoy, sin tarjeta.