Ley 70 de 2010 — QUE MODIFICA EL ARTICULO 230 DE LA LEY 63 DE 2009, QUE DICTA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2010.
Extracto del texto
G.O. 26653-B
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 70 De 27 de octubre de 2010
Que modifica el artículo 230 de la Ley 63 de 2009, que dicta el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal de 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. El artículo 230 de la Ley 63 de 2009 queda así:
Artículo 230. SOBRETIEMPO. Solo se reconocerá remuneración por sobretiempo cuando el funcionario haya sido previamente autorizado por el jefe inmediato a laborar en horarios extraordinarios. Dicho sobretiempo solo se podrá autorizar cuando exista la disponibilidad en la partida presupuestaria correspondiente y no exceda del 25% de la jornada regular de acuerdo con las limitaciones y excepciones establecidas en las leyes existentes. Solo se pagará remuneración por trabajos extraordinarios efectivamente realizados hasta un monto que no exceda el 50% del sueldo regular de un mes. Quedan exceptuados de los límites anteriores los funcionarios del Tribunal Electoral cuando se requieran consultas populares y los funcionarios del Sector Salud, por razones de servicios médicos asistenciales requeridos.
Artículo 2. Los servidores públicos que al momento de ser elegidos en cualquier cargo de elección popular o cargo administrativo, y para cuyo ejercicio gocen de una licencia sin sueldo, al momento de reintegrarse a la institución recibirán todos los ajustes de categorías salariales que se les hubieran realizado mientras duró el ejercicio del cargo de elección popular o cargo administrativo. Para los efectos de este artículo, se entiende que al momento del reintegro se contarán los años en el ejercicio de estas funciones para su ubicación en el escalafón.
Artículo 3. La presente Ley modifica el artículo 230 de la Ley 63 de 28 de octubre de 2009.
Relación con otras normas
- Afecta aLey 63 de 2009— MODIFICA EL ART. 230
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.