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LeyesLeyVigente · modificada

Ley 61 de 2009 — QUE REORGANIZA EL MINISTERIO DE VIVIENDA Y ESTABLECE EL VICEMINISTERIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL.

Extracto del texto

WWW.ASAMBLEA.GOB.PA Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional Digitalizado por la Asamblea Nacional G.O. 26395

LEY 61 De 23 de Octubre de 2009

Que reorganiza el Ministerio de Vivienda y establece el Viceministerio de Ordenamiento Territorial

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Capítulo I Finalidad y Funciones

Artículo 1. El Ministerio de Vivienda, creado por la Ley 9 de 1973, se denominará Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, cuya finalidad es establecer, coordinar y asegurar de manera efectiva la ejecución de una política nacional de vivienda y ordenamiento territorial destinada a proporcionar el goce de este derecho social a toda la población, especialmente a los sectores de menor ingreso, tal como lo consagra el artículo 117 de la Constitución Política de la República.

Artículo 2. El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial tendrá las siguientes funciones: 1. Determinar y dirigir la política habitacional y de ordenamiento territorial para el desarrollo urbano, así como orientar la política de las inversiones privadas en estos aspectos. 2. Procurar la dotación de vivienda adecuada a las familias que carezcan de ella, atendiendo de manera preferente a las que no tienen acceso a las fuentes comerciales de financiamiento. 3. …

Relación con otras normas

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