Ley 6 de 2003 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE CIENCIAS AGRICOLAS DE LA OEA SOBRE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DEL INSTITUTO, FIRMADO EN PANAMA, EL 17 DE OCTUBRE..
Extracto del texto
G.O. 24726
LEY No. 6 De 20 de enero de 2003
Por la cual se aprueba el PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO BÁSICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMÁ Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE CIENCIAS AGRICOLAS DE LA OEA SOBRE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DEL INSTITUTO, firmado en Panamá, el 17 de octubre de 2001
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO BÁSICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMÁ Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE CIENCIAS AGRICOLAS DE LA OEA SOBRE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DEL INSTITUTO, que a la letra dice:
PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO BÁSICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMÁ Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE CIENCIAS AGRICOLAS DE LA OEA SOBRE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DEL INSTITUTO
El Gobierno de la República de Panamá, en adelante "el Gobierno" y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, en adelante "el IICA".
CONSIDERANDO:
Que el 21 de octubre de 1971, el Gobierno y el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas de la OEA, suscribieron un Acuerdo Básico sobre Privilegios e Inmunidades del Instituto, el cual fue aprobado mediante Decreto de Gabinete No. 29 de 24 de febrero de 1972;
Que la Convención sobre el IICA, abierta a la firma el 6 de marzo de 1979, modificó la estructura y denominación del Instituto Interamericano e Ciencias Agrícolas, con el propósito de estimular, promover y apoyar los esfuerzos de los Estados miembros para lograr su desarrollo agrícola y el bienestar rural;
Que el 5 de abril de 1972 el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas de la OEA firmó un Convenio de Operaciones con el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República de Panamá;
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA G.O. 24726
Relación con otras normas
- Afecta aDecreto de Gabinete 29 de 1972— SE ADICIONA.
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.