Ley 59 de 2011 — QUE ADICIONA UN ARTICULO A LA LEY 47 DE 1979, QUE ESTABLECE LA POLITICA SALARIAL DE LOS EDUCADORES QUE LABORAN EN EL MINISTERIO DE EDUCACION.
Extracto del texto
G.O. 26836-A
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
LEY 59 De 25 de julio de 2011
Que adiciona un artículo a la Ley 47 de 1979, que establece la política salarial de los educadores que laboran en el Ministerio de Educación
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se adiciona el artículo 4-A a la Ley 47 de 1979, así: Artículo 4-A. El sueldo base mensual establecido para los educadores nombrados en condición permanente, que estén o sean clasificados en los grados J-1, K-1, L-1, L-3, N-1, Q-1 o R-5, será aumentado en setenta y ocho balboas (B/.78.00).
Artículo 2. La presente Ley adiciona el artículo 4-A a la Ley 47 de 20 de noviembre de 1979.
Artículo 3. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 312 de 2011 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 21 días del mes de julio del año dos mil once.
El Presidente,
Héctor E. Aparicio Díaz
El Secretario General,
Wigberto E. Quintero G.
Relación con otras normas
- Afecta aLey 47 de 1979— ADICIONA EL ART. 4-A
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.