Ley 59 de 2007 — POR LA CUAL SE APRUEBA EL TRATADO DE EXTRADICION ENTRE LA REPUBLICA DE PANAMA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, FIRMADO EN PANAMA, EL DOS DE NOVIEMBRE DE 2004.
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LEY No.59 De 21 de diciembre de 2007
Por la cual se aprueba el TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, firmado en Panamá, el dos de noviembre de 2004
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, que a la letra dice:
TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La República de Panamá y los Estados Unidos Mexicanos, en adelante denominados "las Partes",
CONSCIENTES de la importancia de crear mecanismos bilaterales que permitan regular la entrega de los delincuentes y mejorar la administración de justicia mediante la concertación de un tratado de extradición;
ANIMADOS por el deseo de hacer más eficaz la cooperación entre los dos países en la esfera de la prevención y de la represión de los delitos;
Han convenido lo siguiente:
ARTÍCULO I OBJETIVO
Las Partes convienen en entregarse, según las disposiciones del presente Tratado y, supletoriamente, las de su legislación, a las personas que se encuentren en sus respectivos territorios y sean requeridas por las autoridades competentes de la otra Parte para que respondan como imputados o acusados en un proceso penal en curso o para la ejecución de una pena privativa de libertad.
ARTÍCULO II AUTORIDADES COMPETENTES PARA LA EJECUCIÓN DEL TRATADO
Relación con otras normas
- Afecta aLey 40 de 1930— LA SUBROGA
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