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LeyesLeyVigente

Ley 59 de 1976 — POR LA CUAL SE AUTORIZA AL ORGANO EJECUTIVO PARA EMITIR UNA SERIE DE BONOS DEL ESTADO.

Extracto del texto

G.O. 18246

LEY 59 (De 12 de Noviembre de 1976).

Por la cual se autoriza al Órgano Ejecutivo para emitir una serie de Bonos del Estado.

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN DECRETA:

Artículo Primero. Autorizase al Órgano Ejecutivo para emitir una serie de Bonos del Estado denominados ‘’Bonos de Inversiones Públicas 1976, Serie D’’, hasta por la suma de SIETE MILLONES DE BALBOAS (B/. 7, 000,000.00), o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, a una tasa de interés no mayor de diez (10) años, para fina nciar los Proyectos incluidos en el Presupuesto de Inversiones Públicas del año 1976.

Artículo Segundo. Los bonos cuya emisión se autoriza comenzarán a devengar intereses a partir de su colocación, pero la amortización gradual de los mismos se iniciará dos (2) años a partir de su emisión.

Artículo Tercero. Autorizase al Órgano Ejecutivo para incluir en los Presupuestos de Gastos de la Nación la partidas necesarias para atender el servicio de intereses y redención de los Bonos con base en lo dispuesto en el Artículo 2o. de esta Ley.

Artículo Cuarto. El Gobierno Nacional podrá suscribir acuerdos con corredores o firma de corredores para la venta o colocación de bonos a que se refiere esta Ley en el mercado nacional e internacional. Dichos acuerdos contendrán disposiciones referentes a los derechos y obligaciones de los corredores firmas de corredores así como el procedimiento de renta o colocación de lo bonos y demás modalidades que e consideren pertinentes.

Artículo Quinto. El Órgano Ejecutivo reglamentará la emisión de estos Bonos, por conducto del Ministerio de Hacienda y Tesoro.

Artículo Sexto. El Artículo 1o. de la Ley No. 32 de 10 de junio de 1976, quedará así:

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