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Ley 57 de 2003 — QUE CREA EL PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION CONTRA LAS DROGAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS OFICIALES Y PARTICULARES Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Extracto del texto

G.O. 24864 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA LEY No. 57 De 7 de agosto de 2003 Que crea el Programa Nacional de Educación contra las Drogas en los centros educativos oficiales y particulares y dicta otras disposiciones LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:

Artículo 1.Se crea el Programa Nacional de Educación contra las Drogas, adscrito al Ministerio de Educación, y se declara de interés público la educación nacional contra las drogas.

Artículo 2.El Ministerio de Educación, como ente rector de la educación nacional, elaborará, en coordinación con la Comisión Nacional de Prevención contra las Drogas, en adelante CONAPRED, el Programa Nacional de Educación contra las Drogas para todos los niveles de la educación básica general, media académica y profesional y técnica, oficiales y particulares.

Artículo 3.El Ministerio de Educación será la entidad responsable de diseñar, planear y coordinar las acciones educativas formales y no formales, así como las actividades previstas en esta Ley para el Programa Nacional de Educación contra las Drogas. Este programa se fundamentará en la adecuación permanente de los objetivos a las edades y al medio en que se desarrolle la persona. Las instituciones no gubernamentales también podrán desarrollar programas con los mismos objetivos, previa aprobación de CONAPRED.

Artículo 4.El Programa Nacional de Educación contra las Drogas insertará permanentemente, como contenido curricular de la educación integral, la formación de una cultura antidrogas, mediante la incorporación de objetivos, contenidos y propósitos, en lecciones y actividades programáticas necesarias, y garantizará que se dicte la materia durante, por lo menos, una hora a la semana.

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