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LeyesLeyVigente

Ley 534 de 2026 — Que modifica artículos de la Ley 40 de 1999, Del Régimen Especial de Responsabilidad Penal para la Adolescencia

Extracto del texto

Artículo 1. El artículo 14 de la Ley 40 de 1999 queda así:

Artículo 14. Supletoriedad. Todas las materias afines que no se encuentren expresamente -reguladas por este Regimen serán tratadas confolD1e lo establecen el Código Penal y el Código Procesal Penal, siempre que sus disposiciones no sean contrarias a los derechos y garantías de la adolescencia ni los menoscaben.

Artículo 2. El articulo 18 de la Ley 40 de 1999 queda así:

Artículo 18. Nulidad absoluta de las actuaciones violatorias de tos derechos de la adolescencia. Sin perjuicio de las causales de nulidad previstas en los artículos 199 y 200 del Código Procesal Penal, son causales de nulidad absoluta de los actos procesales el impedimento del pleno ejercicio de los derechos y garantías individuales contenidos en los artículos 16 y 17 de la presente Ley, cuya nulidad será advertida única y exclusivamente cuando se vean afectados derechos y garantías sustanciales de los adolescentes. Esta nulidad será insubsanable. Cuando alguna garantía establecida en esta Ley puooa ser susceptible de violación por particulares o cualquier servidor público, el juez de la causa pondrá en conocimiento de la autoridad competente las actuaciones pertinentes para que se detenninen las responsabilidades a que haya lugar y se impongan las sanciones correspondientes, sin que tal actuación detenga el proceso de adolescentes en trámite.

Artículo 3. El artículo 53 de la Ley 40 de 1999 queda así:

Artículo 53. Conexidad de procesos urisdicciones distintas. Cuando en la comisión de hechos violatorios a la ley penal participen, tanto adolescentes como personas que ya han cumplido los dieciocho años de edad, las causas se separarán en expedientes distintos y serán tramitadas por separado, cada una por la autoridad competente del caso. …

Relación con otras normas

  • Afecta aLey 40 de 1999— Modifica los artículos 14, 18, 53, 72, 110, 116 Y 118 del Texto Único

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