Ley 49 de 2002 — QUE MODIFICA ARTICULOS DEL DECRETO DE GABINETE 168 DE 1971, SOBRE EL SEGURO EDUCATIVO, MODIFICADO POR LAS LEYES 13 Y 16 DE 1987, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES
Extracto del texto
G.O. 24646
LEY No. 49 De 18 de septiembre de 2002
Que modifica artículos del Decreto de Gabinete 168 de 1971, sobre el Seguro Educativo, modificado por las leyes 13 y 16 de 1987, y dicta otras disposiciones
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. El Artículo Segundo del Decreto de Gabinete 168 de 1971, queda así: Artículo Segundo: El fondo constituido por las contribuciones señaladas en el artículo anterior se destinará exclusivamente, en la proporción que se señala, para los siguientes fines educativos: 1. El 27% de los ingresos, al Ministerio de Educación para sufragar los gastos de los colegios y las escuelas oficiales del primer nivel de enseñanza o educación básica general y del segundo nivel de enseñanza o educación media. 2. El 73% restante se distribuirá de la siguiente manera: a. Formación profesional 14% b. Educación sindical 5% c. Educación cooperativa 5% d. Educación agropecuaria 6.5% e. Radio y televisión educativa 6% f. Programa de becas y préstamos educativos 58% g. Capacitación y educación continua al recurso humano del sector privado 3% h. Capacitación gremial docente 1% i. Educación dual del sector privado 1.5% Parágrafo. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, sólo se permitirá que los fondos destinados a cada uno de los fines enunciados en el Artículo Segundo del Decreto de Gabinete 168 de 1971, modificado por esta Ley, sean utilizados para gastos directamente relacionados con ellos y que estén contemplados en el Presupuesto General del Estado.
Artículo 2. El Artículo Tercero del Decreto de Gabinete 168 de 1971, queda así: Artículo Tercero: Las sumas recabadas para atender los propósitos educativos indicados en el numeral 1 del artículo anterior, sumadas a los excedentes de la
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA G.O. 24646 2
Relación con otras normas
- Afecta aLey 13 de 1987— SE DEROGA EL ARTICULO 5 DE ESTA LEY
- Afecta aDecreto de Gabinete 168 de 1971— SE MODIFICA EL SEGURO EDUCATIVO
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