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LeyesLeyVigente · modificada

Ley 43 de 2008 — QUE ESTABLECE LOS VICEMINISTERIOS ACADEMICOS Y ADMINISTRATIVO EN EL MINISTERIO DE EDUCACION.

Extracto del texto

WWW.ASAMBLEA.GOB.PA G.O. 26083

LEY 43 De 14 de julio de 2008

Que establece los Viceministerios Académico y Administrativo en el Ministerio de Educación

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. Se establecen el Viceministerio Académico de Educación y el Viceministerio Administrativo de Educación en el Ministerio de Educación. Cada Viceministerio tendrá un Viceministro, que colaborará directamente con el Ministro en el desempeño de sus funciones y asumirá las atribuciones y responsabilidades que le señalen la ley y los reglamentos que dicte el Órgano Ejecutivo.

Artículo 2. El Viceministerio Académico de Educación coordinará, además de las que se establezcan por decreto ejecutivo, las siguientes direcciones del Ministerio de Educación: 1. La Dirección General de Educación. 2. La Dirección Nacional de Planeamiento Educativo. 3. La Dirección Nacional de Educación Básica General. 4. La Dirección Nacional de Educación Media Profesional y Técnica. 5. La Dirección Nacional de Educación Media Académica. 6. La Dirección Nacional de Educación Inicial. 7. La Dirección Nacional de Educación Particular. 8. La Dirección Nacional de Currículo y Tecnología Educativa. 9. La Dirección Nacional de Orientación Educativa y Profesional. 10. La Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional. 11. La Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza. 12. La Dirección Nacional de Educación Especial. 13. La Dirección Nacional de Educación Ambiental. 14. La Dirección Nacional de Jóvenes y Adultos. 15. La Dirección Nacional de Servicios Psicoeducativos. 16. La Dirección Nacional de Evaluación Educativa. 17. La Dirección Nacional de Educación Preventiva Integral. 18. La Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe.

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