Ley 410 de 2023 — Que declara el 23 de abril de cada año Día Nacional del Bibliotecario Panameño
Extracto del texto
Artículo 2. El Ministerio de Cultura, como instancia rectora de las políticas culturales del país, junto con el Ministerio de Educación, coordinará eventos y actividades alusivos al Día Nacional del Bibliotecario Panameño.
Artículo 3. La Biblioteca Nacional Émesto J. Castillero R., las bibliotecas municipales, las bibliotecas escolares del Ministerio de Educación y las bibliotecas universitarias, así como las entidades públicas, adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta Ley, mediante la organización y celebración de actos y eventos en reconocimiento a hombres y mujeres dedicados a la labor de recopilación, administración, procesamiento, difusión y diseminación de Ja información necesana para el progreso científico y técnico de la sociedad panameña. ..... '
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 918 de 2022 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. El Secretario Gl , Qui anayG. El Presidente, Jaime E. V entella LEY /O De 20 de¡)lIo/lJAfht l de 2023 Que declara el 23 de abril de cada año Día Nacional del Bibliotecario Panameño LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1. Se declara el 23 de abril de cada año Día Nacional del Bibliotecario Panameño, en reconocimiento a los hombres y mujeres dedicados a tan noble e importante labor para el beneficio de la sociedad panameña.
Articulo 2. El Ministerio de Cultura, como instancia rectora de las políticas culturales del país, junto con el Ministerio de Educación, coordinará eventos y actividades alusivos al Día Nacional del Bibliotecario Panameño.
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