Ley 398 de 2023 — Por la cual se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República del Ecuador sobre Servicios Aéreos, firmado en la ciudad de Panamá en fecha del 20 de abril de 2022
Extracto del texto
Artículo 1. Se aprueba, en todas sus partes, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República del Ecuador sobre Servicios Aéreos, firmado en la ciudad de Panamá en fecha del 20 de abril de 2022, que a la letra dice: ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR SOBRE SERVICIOS AÉREOS. ARTÍCULO 1: Definiciones AR TÍ CULO 2: Otorgamiento de derechos ARTÍCULO 3: Designación y autorización ARTÍCULO 4: Negativa de otorgamiento, revocación y limitación de la autorización ARTÍCULO 5: Aplicación de leyes ARTÍCULO 6: Tránsito directo ARTÍCULO 7: Reconocimiento de certificados ARTÍCULO 8: Seguridad Operacional ARTÍCULO 9: Seguridad de la aviación ARTÍCULO 10: Seguridad de los documentos de viaje ARTÍCULO 11: Pasajeros no admisibles e indocumentados y personas deportadas ARTÍCULO 12: Derechos impuestos a los usuarios ARTÍCULO 13: Derechos de aduana ARTÍCULO 14: Impuestos ARTÍCULO 15: Competencia leal ARTÍCULO 16: Capacidad ARTÍCULO 17: Fijación de precios (tarifas) ARTÍCULO 18: Salvaguardias
Artículo 2. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 883 de 2022 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. El Presidente, Jaime E. v Centella El S !Jil0 tI. QUi Panay G. 26
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