Ley 37 de 2002 — QUE DENOMINA ARMANDO JAVIER "PELE" DELY VALDEZ AL ESTADIO DE FUTBOL UBICADO EN LOS PREDIOS DEL CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE COLON.
Extracto del texto
G.O. 24609
LEY No. 37 De 31 de julio de 2002
Que denomina Armando Javier “Pelé” Dely Valdés al estadio de fútbol ubicado en los predios del Centro Regional Universitario de Colón
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se denomina Armando Javier “Pelé” Dely Valdés al estadio de fútbol ubicado
en los predios del Centro Regional Universitario de Colón.
Artículo 2. El Instituto Nacional de Deportes colocará una identificación claramente
visible, con el nombre Estadio Armando Javier “Pelé” Dely Valdés, sobre la entrada del
Estadio.
Artículo 3. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 24 días del mes de junio del año dos mil dos.
El Presidente,
Rubén Arosemena Valdés
El Secretario General Encargado,
Edwin E. Cabrera U.
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.