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Ley 37 de 1975 — POR LA CUAL SE SUBROGA EL PARRAFO 1º DEL ARTICULO 12 (COMPOSICION DE LA JUNTA DIRECTIVA) DEL DECRETO DE GABINETE Nº 235 DE 30 DE JULIO DE 1969. (ORGANICA DEL INSTITUTO DE RECURSOS HIDRAULICOS Y ELECTRIFICACION)

Extracto del texto

G.O. 17904

Ley 37 (De 1 de Agosto de 1975)

“Por la cual se subroga el párrafo 1º del Artículo 12 del Decreto de Gabinete No. 236 de 30 de julio de 1969”.

EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN

DECRETA:

Artículo 1. El párrafo 1º del Artículo 12 del Decreto de Gabinete No. 235 de 30 de julio de 1969 quedará así: “ARTÍCULO 12º : La Junta Directiva estará compuesta por siete (7) miembros así: 1. El Ministro de Planificación y Política Económica y en su defecto, el Viceministro. 2. Un representante del Ministerio de Comercio e Industrias. 3. Un representante del Ministerio de Desarrollo Agropecuario. 4. Un representante del Sindicato de Trabajadores del IRHE, designado por la Junta Directiva del mismo. 5. Un representante de la Asociación Bancaria de Panamá. 6. Un miembro del Sindicato de Industriales de Panamá. 7. Un Ingeniero Civil, miembro de la SOCIEDAD Panameña de Ingenieros y Arquitectos. Podrá asistir a las sesiones de la Junta Directiva, con derecho a voz, el Contralor General de la República o el funcionario que éste designe”.

Artículo 2. Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

Dada en la ciudad de Panamá, a los 1 días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco.

ING. DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República

ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O. 17904

GERARDO GONZÁLEZ V. Vicepresidente de la República

RAÚL E. CHANG P. Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos

ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ

Relación con otras normas

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