Ley 35 de 1974 — MEDIANTE LA CUAL SE CREAN CARGOS EN EL MINISTERIO DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL.
Extracto del texto
G.O.17570
LEY 35 (De 29 de Marzo de 1974) Mediante la cual se crean cargos en el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN DECRETA: ARTÍCULO 1. La creación de cuatro (4) cargos de Auxiliar de Trabajador Social para prestar servicio en las Comisiones de Vivienda Popular de la Dirección General de Arrendamiento en el Ministerio de Vivienda, así: Descripción Unidades Sueldo Mensual A 9 Meses Auxiliar de Traba- jador Social (Santa Ana, San Felipe, Cho- 1 250 2,250 rrillo y Calidonia )
Auxiliar de Trabajador Social (Río Abajo, 1 250 2,250 Juan Díaz y San Miguelito)
Auxiliar de Trabajador Social (San Francisco, 1 250 2,250 Pueblo Nuevo y Bethania)
Auxiliar de Trabajador Social (Colón) 1 250 _2,250_ 4 9,000
ARTÍCULO 2. Las erogaciones que ocasione el artículo anterior serán imputadas a la partida de “Adelantos” código 1600.
ARTÍCULO 3. Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Panamá, a los 29 días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cuatro.
DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República
ARTURO SUCRE P. Vicepresidente de la República
CARLOS ESPINO Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O.17570
ROGER DECEREGA Secretario General
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
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Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.