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LeyesLeyVigente

Ley 3 de 1993 — POR LA CUAL SE DEROGA LA LEY Nº97 DE 30 DE DICIEMBRE DE 1961 (IMPUESTO AL MANEJO DE GASOLINA IMPORTADA) Y SE ADICIONA UN PARRAFO AL LITERAL B) DEL ARTICULO 702 DEL CODIGO FISCAL (CREDITO Y REBAJAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA)

Extracto del texto

G. O. 22209

LEY 3

(De 19 de enero de 1993)

"Por la cual se deroga la Ley No. 97 de 30 de diciembre de 1961 y se adiciona un párrafo al literal b) del Artículo 702 del Código Fiscal."

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETA:

Artículo 1. Deróguese la Ley No. 97 de 30 de diciembre de 1961 “Por la cual se establece un Impuesto sobre el manejo o almacenamiento de gasolina importada y otros productos de petróleo refinado importados a la República."

Artículo 2. El literal b) del Artículo 702 del Código Fiscal, quedará así:

Artículo 702. Se establecen los siguientes créditos y rebajas al monto del Impuesto sobre la Renta:

b) Las personas naturales o jurídicas que perciban dividendos o participaciones de las personas mencionadas en el acápite d) del Artículo 701 no estarán obligadas a pagar el impuesto por dichos dividendos o participaciones provenientes de rentas obtenidas en operaciones exteriores.

Se entiende por operaciones exteriores, para los efectos de este artículo y del Artículo 701, las que se realicen con mercadería extranjera o nacional que salga de dichas áreas de comercio internacional libre destinadas al exterior.

En los casos de las zonas libres de petróleo a que se refiere el Decreto de Gabinete No. 29 de 14 de julio de 1992, modificado por el Decreto de Gabinete No. 38 de 9 de septiembre de 1992, se considerarán operaciones exteriores las ventas de petróleo crudo, sus derivados, produc tos y subproductos que se llevan a cabo desde una zona libre de petróleo, siempre y cuando el producto se destine a la exportación o reexportación, o a la venta a naves que transiten por el Canal de Panamá, o a la venta a las naves y aeronaves de tráfico internacional que utilicen los puertos y aeropuertos nacionales.

Relación con otras normas

  • Afecta aLey 97 de 1961— DEROGADA EN SU TOTALIDAD
  • Afecta aLey 8 de 1956— SE ADICIONA UN PARRAFO AL LITERAL B) DEL ART�CULO 702 DEL CODIGO FISCAL

Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia

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