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LeyesLeyVigente

Ley 288 de 2022 — QUE CREA LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE LOS PUEBLOS INDIGENAS.

Extracto del texto

Artículo 1. Se crea la Universidad Autónoma de los Pueblos Indígenas como universidad oficial de la República de Panamá, con sede central en Buabiti o Llano Tugrí en la comarca Ngabe-Buglé; con autonomía, personería jurídica y patrimonio propio, con facultad para administrarlo y para organizar sus planes y programas de estudio, investigaciones y servicios. Estará constituida por sus autoridades, docentes, personal administrativo, estudiantes y los demás servidores públicos que integren las unidades docentes, de investigación, administrativas, regionales y de extensión, lo cual será materia de desarrollo en el Estatuto Orgánico.

Artículo 2. La Universidad Autónoma de los Pueblos Indígenas es una institución del nivel superior de educación, con sentido y proyección social, innovadora, multicultural, pluricultural e intercultural, que cumple una misión docente, de investigación, de extensión y de servicio en la gestión institucional. Además, es una institución generadora de conocimientos, comprometida con la formación de un recurso humano especializado, emprendedor, íntegro, competente, con calidad humana y capaz de intervenir pro activamente en la solución de los problemas sociales, así como formadora de líderes para la transformación de los pueblos indígenas. A esta universidad tendrán acceso los docentes, los estudiantes y el personal administrativo sin distingo de etnia, credo, afinidad política, sexo o nacionalidad. Capítulo 11 Funciones y Principios de la Universidad

Artículo 3. La Universidad AutónoI11a de los Puehlos Indígenas desarrollará las funciones siguientes: 1. Ejercer la docencia, la extensión, la investigación, la difusión, la generación de conocimientos y la prestación de servicios. 2. …

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