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Ley 26 de 2006 — QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO EL MAUSOLEO AL GENERAL OMAR TORRIJOS HERRERA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Extracto del texto

WWW.ASAMBLEA.GOB.PA G.O. 25582

LEY No. 26 De 5 de julio de 2006

Que declara patrimonio histórico nacional el Mausoleo al General Omar Torrijos Herrera y dicta otras disposiciones

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1. Se declara patrimonio histórico nacional el Mausoleo al General Omar Torrijos Herrera y el área circundante, que totaliza cinco hectáreas con cuatro mil trescientos doce metros con sesenta centímetros, ubicados en la Parcela No.12, en Amador, según plano No.80014- 92758, aprobado por la Dirección General de Catastro y Bienes Patrimoniales el 7 de septiembre de 2001 y certificado del Ministerio de Vivienda No.462 del 17 de septiembre de 2001. Dicha Parcela forma parte de la Finca Madre No.158012, Rollo 21928, Documento 1.

Artículo 2. Se crea el Parque Torrijos-Carter en las áreas de la Parcela No.12, en Amador, en memoria de los gestores y firmantes del Tratado Torrijos-Carter. En este sitio se desarrollarán actividades culturales, educativas, deportivas, turísticas y otras que den testimonio del pasado panameño sobre este tema.

Artículo 3. La Fundación Omar Torrijos, como entidad privada, sin fines de lucro y con personería jurídica, administrará, conservará y custodiará el área declarada patrimonio histórico nacional, para lo cual contará con la asesoría del Instituto Nacional de Cultura. Se autoriza a la Fundación Omar Torrijos para ejecutar las obras que juzgue necesarias dentro del área declarada patrimonio histórico, a fin de que tenga orientación cultural, educativa, deportiva, turística y otras que den testimonio del pasado panameño sobre este tema.

Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación y deroga cualquier disposición que le sea contraria.

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