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Ley 26 de 2002 — QUE AUTORIZA A LA ASOCIACION DE PROFESORES DE LA REPUBLICA DE PANAMA PARA ENAJENAR UN LOTE DE TERRENO.

Extracto del texto

G.O. 24570 LEY No. 26 De 5 de junio de 2002

Que autoriza a la Asociación de Profesores de la República de Panamá para enajenar un lote de terreno

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA:

Artículo 1. Se autoriza a la Asociación de Profesores de la República de Panamá para enajenar o traspasar a título oneroso, la finca número 23,264, inscrita en el Folio 338 del Tomo 555 de la Sección de Propiedad del Registro Público, provincia de Panamá.

Artículo 2. El producto de la enajenación a que se refiere el artículo anterior se destinará primordialmente para la adquisición de otro lote de terreno a nombre de la Asociación de Profesores de la República de Panamá, y se empleará el remanente en las mejoras necesarias para establecer la sede de la Asociación.

Artículo 3. La Contraloría General de la República, junto con el Ministerio de Economía y Finanzas, efectuarán el avalúo del inmueble a que se refiere esta Ley, para que sirva de base para su venta, y ejercerán la labor de fiscalización que la ley les confiere en estos casos. El producto de la venta se depositará en una cuenta en el Banco Nacional de Panamá o en la Caja de Ahorros a nombre de la Asociación de Profesores de la República de Panamá, que deberá enviar semestralmente un informe a la Contraloría General de la República para cumplir con los fines establecidos en el artículo anterior.

Artículo 4. Esta Ley empezará a regir desde su promulgación y deroga cualquier disposición que le sea contraria.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de abril del año dos mil dos.

El Presidente,

Rubén Arosemena Valdés El Secretario General Encargado,

Jorge Ricardo Fábrega

ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA

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