Ley 26 de 1997 — POR LA CUAL SE AUTORIZA AL BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO A CONDONAR INTERESES DE PRESTAMOS NO CANCELADOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
Extracto del texto
G.O. 23343
Ley 26 (De 24 de julio de 1997) Por la cual se autoriza al Banco de Desarrollo Agropecuario a condonar intereses de préstamos no cancelados y se dictan otras disposiciones.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DECRETA:
Artículo 1. Se autoriza al Banco de Desarrollo Agropecuario a condonar los intereses de préstamos contemplados en las siguientes categorías:
a. Prestatarios de programas de créditos de interés estatal afectados por deficiencias en el diseño, ejecución, controles fitosanitarios y en la comercialización del proyecto, debidamente sustentados y comprobados por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y el Banco de Desarrollo Agropecuario. b. Pequeños productores agropecuarios con préstamos otorgados hasta por la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00) que, al momento de aprobarse esta Ley, se encuentren en la categoría de dudosos e inciertos, y que en la actualidad estén realizando abonos que no cubren los intereses corrientes. c. Pequeños productores agropecuarios con préstamos otorgados hasta por la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00), de la cartera activa que en los cinco (5) años o más anteriores a la promulgación de la presente Ley, no hayan registrado abono a capital e intereses.
Parágrafo. Los préstamos contemplados en la categoría a no devengarán más intereses, a partir de la promulgación de la presente Ley.
Artículo 2. Los prestatarios cuyo crédito se encuentre dentro de las condiciones señaladas en el artículo anterior, deberán presentar, al Banco de Desarrollo Agropecuario, a más tardar un año después de la promulgación de la Ley, una solicitud en la cual se exprese su disposición de pago en cuanto al capital adeudado, a través de los correspondientes arreglos de pago.
Ver todos: Leyes y normas de Panamá, con su vigencia
Lexistmo no es asesoría legal. La fuente oficial es la Gaceta Oficial de la República de Panamá y el documento original.