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LeyesLeyVigente

Ley 253 de 2021 — QUE INCENTIVA LA PARTICIPACION ACTIVA DE LOS ADULTOS MAYORES.

Extracto del texto

Artículo 1. Esta Ley tiene como objetivo facilitar oportunidades económicas y comerciales para los adultos mayores y promover la economía plateada dentro del territorio nacional para el logro de una igualdad de oportunidades sin discriminación por edad.

Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley, los siguientes términos se entenderán así: 1. Adulto mayor. Toda persona de sesenta años de edad o más. 2. Economía plateada. Productos y servicios dirigidos a personas mayores de sesenta años. 3. Emprendimiento de adulto'mayor. Empresa creada por personas mayores de sesenta años de edad, la cual tendrá ingresos brutos o facturación anual por un máximo de dos millones quinientos mil balboas (B/.2 500 000.00).

Artículo 3. La Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa deberá promover el emprendimiento de adultos mayores mediante programas de formación, tutorías y asesoramientos para el desarrollo de capacidades empresariales.

Artículo 4. La Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa deberá promover la economía plateada, las oportunidades y los beneficios asociados a esta. La promoción se hará por medio de campañas audiovisuales, visuales y auditivas y demás que considere pertinente.

Artículo 5. La Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa establecerá los requisitos para certificar los emprendimientos de adultos mayores y las empresas que formen parte de la economía plateada. Dichos requisitos serán establecidos en la reglamentación de la presente Ley.

Artículo 6. La Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa creará el diseño de un logo para que las empresas que formen parte de la economía plateada puedan identificar sus productos y servicios.

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