Ley 25 de 1978 — POR LA CUAL SE CREA EL PATRONATO DEL CENTRO DE EDUCACION VOCACIONAL BASILIO LAKAS, EN LA PROVINCIA DE COLON.
Extracto del texto
G.O. 18573
Ley 25 (De 18 de abril de 1978)
“Por la cual se crea el Patronato del Centro de Educación Vocacional Basilio Lakas, en la Provincia de Colón”.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
Artículo 1. Créase una entidad con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen administrativo que se denominará Patronato del Centro de Educación Vocacional Basilio Lakas, la cual estará sujeta a la política educativa del Ministerio de Educación.
Artículo 2. El Centro de Educación Vocacional Basilio Lakas tendrá los siguientes objetivos: a) Orientar, rehabilitar y preparar vocacionalmente a menores en estado de abandono moral y material o con problemas de conducta y proporcionar el nivel educativo adecuado. b) Adoptar medidas de control con el propósito de asegurar el bienestar de estos menores. c) Procurar por medio científicos y técnicas modernas el reajuste en la conducta de los menores de este Centro para su adaptación efectiva a una vida normal en beneficio de la sociedad. d) Realizar proyectos que en el futuro se estimen convenientes para los propósitos del Centro de Educación Vocacional Basilio Lakas.
Artículo 3. Dicha entidad funcionará y tendrá su sede en Puerto Pilón, Distrito de Colón, Provincia de Colón.
Artículo 4. El Patronato estará integrado por un representante de cada uno de los siguientes organismos: a) El Presidente del Club de Leones de Sabanitas; b) El Juez Tutelar de Menores en representación del Órgano Ejecutivo; c) Dos representantes del Club de Leones de Sabanitas, escogidos de una nómina de cinco (5) candidatos que presentará dicho Club; d) Un representante del Club Rotario, escogido de una nómina de tres (3) candidatos que presentará dicha Asociación; …
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