Ley 23 de 1986 — POR LA CUAL SE REFORMAN ALGUNOS ARTICULOS DEL CODIGO PENAL Y DEL CODIGO JUDICIAL Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES ESPECIALES SOBRE DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS PARA SU PREVENCION Y REHABILITACION.
Extracto del texto
G.O. 20710 ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA LEY No.23 De 30 de Diciembre de 1986 Por la cual se reforman algunos artículos del Código Penal y del Código Judicial y se adoptan otras disposiciones especiales sobre delitos relacionados con drogas, para su prevención y rehabilitación. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA: DISPOSICIONES PENALES ARTICULO 1:Cuando dos o más personas se asocien con el propósito de cometer delitos relacionados con drogas, cada una de ellas será sancionada por ese solo hecho, con prisión de dos (2) a cinco (5) años. A los promotores, jefes o dirigentes de la asociación ilícita, se les aumentará la sanción en una cuarta parte. ARTICULO 2:El artículo 255 del Código Penal, queda así: Artículo 255:El que introduzca droga al territorio nacional o la saque de él, en tráfico internacional con destino hacia otros países, será sancionado con prisión de ocho (8) a quince (15) años. Si como último destino del tráfico, el agente introduce drogas en el territorio nacional para la venta o consumo local, la sanción se agravará de una tercera parte a la mitad. ARTICULO 3:El artículo 257 del Código Penal queda así: Artículo 257:El que con fines ilícitos elabore, transforme, cultive o extraiga drogas, será sancionado con prisión de cinco (5) a diez (10) años. La sanción se agravará de una cuarta parte a la mitad y se impondrá inhabilitación para el ejercicio profesional por ocho (8) años, si el delito es cometido por un médico, farmacéutico, laboratorista, químico, o profesional afines. ARTICULO 4:El artículo 258 del Código Penal, queda así: Artículo 258:El que con fines ilícitos compre, venda o traspase droga a cualquier título, será sancionado con prisión de cinco (5) a diez (10) años. …
Relación con otras normas
- Afecta aLey 29 de 1984— SE ADICIONA EL ARTICULO 2099A Y SE REFORMAN LOS ARTICULOS 2212 Y 2212A
- Afecta aLey 18 de 1982— REFORMA LOS ARTICULOS 255, 257, 258, 260, 261, 262 Y 263
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